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I. INTRODUCCION
El Diálogo Social ha sido desde la transición a la
democracia uno de los elementos que han contribuido a configurar de
manera decisiva la regulación de nuestro sistema social y laboral. Forma
parte esencial, por tanto, de la historia de nuestras relaciones
laborales democráticas y ha sido fundamental en el proceso de
consolidación y desarrollo de nuestro Estado social y democrático de
Derecho.
No se puede atribuir a la casualidad, por ello, que uno
de los primeros actos olíticos de las dos últimas legislaturas haya sido
la firma de Declaraciones entre el Gobierno, CEOE, CEPYME, CCOO y UGT
para subrayar la mportancia de un Diálogo Social reforzado y enmarcar
sus ámbitos, sus contenidos y sus procedimientos.
Después de una legislatura pasada en la que, en un
contexto de bonanza económica, el Diálogo Social dio lugar a un número
amplio de Acuerdos relevantes en muy variadas materias, al principio de
ésta, el 29 de julio de 2008, se suscribió la Declaración para el
impulso de la economía, el empleo, la competitividad y el progreso
social.
En la misma se declaraba que “entre las fortalezas
de nuestro sistema económico está sin duda el Diálogo Social que el
Gobierno y los Interlocutores Sociales convienen en reforzar y dotar de
mayor relevancia ante la nueva situación”. Más adelante se señalaba que
“el avance en los objetivos que dan título a la Declaración debe ser
compatible con la sostenibilidad de nuestro Estado de Bienestar,
progresando en la solidaridad, la igualdad y la mejora de la cohesión
social”, para concluir con el compromiso del Gobierno de “mantener un
diálogo reforzado con los interlocutores sociales”.
La economía española, tras de un largo periodo de
crecimiento y creación de empleo, atraviesa desde hace más de dos años
una situación muy delicada, como demuestra el elevado número de personas
en desempleo y el alto endeudamiento de sus agentes económicos.
La destrucción de tejido productivo, el deficiente
funcionamiento del crédito y el desequilibrio de las cuentas públicas,
con un elevado montante de deuda pública a refinanciar a corto plazo,
han creado un escenario que restringe las posibilidades de crecimiento
y, por tanto, la posibilidad de crear empleo.
En tan difíciles circunstancias, es necesario reforzar
los cimientos de la economía, con el propósito de ampliar su capacidad
de crecimiento de riqueza, mediante la aplicación de medidas en
distintos campos, en las que se realice
una aportación equilibrada de los diferentes colectivos
de la población española.
La sociedad española ha sido capaz siempre de superar
las adversidades económicas y ha dado pruebas suficientes de ello a lo
largo de de los últimos treinta años. Las contribuciones de los agentes
sociales y económicos han constituido a este respecto una aportación
fundamental.
Nuestra historia en democracia nos ha hecho conscientes
de la dificultad añadida que toda situación de crisis económica supone a
la hora de alcanzar acuerdos en el marco del Diálogo Social, máxime si
éste se desarrolla en un ontexto muy delicado de la situación económica
donde destaca como principal objetivo crear empleo.
A pesar de la intensidad de la crisis, o precisamente
como consecuencia de la misma, el Gobierno y los Interlocutores sociales
no han abandonado en momento alguno el empeño de mantener abiertos los
cauces de diálogo y, por ncima de recientes desencuentros, han seguido
defendiendo que la situación económica y social actual exigía redoblar
los esfuerzos de todos para recomponer el Diálogo Social con el objetivo
de alcanzar un marco de entendimiento que permitiera acordar el
contenido de las reformas necesarias para contribuir a asegurar la
viabilidad de nuestro sistema de protección social y mejorar la
eficiencia de nuestras políticas de empleo.
Con este espíritu, a lo largo de las últimas semanas, el
Gobierno y los Interlocutores Sociales hemos desarrollado un intenso
proceso de diálogo ripartito en el que se han negociado la reforma del
sistema de Seguridad Social, la reforma de las Políticas Activas de
Empleo incluyendo programas específicos para la situación coyuntural y
otras cuestiones vinculadas con la reforma laboral, todo ello junto a
aspectos de responsabilidad bipartita relacionados con la reforma de la
Negociación Colectiva.
Todas las partes hemos compartido la necesidad de que,
en la situación actual de la economía y del empleo, resultaba
transcendental recomponer el Diálogo Social y la negociación entre el
Gobierno y los Interlocutores Sociales.
La economía española se enfrenta al reto fundamental de
generar empleo y un crecimiento sostenido a largo plazo de forma que
pueda superarse de manera quilibrada la actual situación.
Con este objetivo, se hace necesario actuar con decisión
y convicción avanzando simultáneamente en varios frentes para lograr
alcanzar los bjetivos señalados:
• Equilibrar las cuentas públicas de acuerdo con los
compromisos adoptados, sobre la base de un ejercicio de austeridad que
incluya esfuerzos en el gasto público para elegir aquellos con mayor
grado de eficiencia y equidad, combinados con la definición de un
sistema de ingresos capaz de sostener la presencia de un sector público
eficiente que asegure no sólo la cohesión social en España, sino también
su competitividad.
Desde esta perspectiva también adquiere relevancia el
papel de la lucha contra el fraude fiscal.
• Garantizar la sostenibilidad a largo plazo del Sistema
público de Seguridad Social, especialmente en materia de pensiones, a
través de las reformas que garanticen su papel fundamental en el Estado
del Bienestar.
• Fomentar el dinamismo y competitividad de nuestra
economía para que sea capaz de generar empleo de calidad en un entorno
en el que la innovación tendrá cada vez más importancia.
La economía española debe contar con más emprendedores,
mejor ducación de las personas para aumentar el capital humano, más
tecnología con infraestructuras físicas más eficientes, mejor uso de las
materias primas, y también un marco de relaciones laborales que permita
afrontar las necesidades en mejores condiciones, combinando la
flexibilidad con la seguridad.
El mercado de trabajo debe favorecer la creación de
empleo y la capacidad de adaptación laboral. Para ello, la negociación
colectiva juega un papel esencial para que, desde una representación y
participación real de empresarios y trabajadores, se produzca una mejora
en la organización del trabajo y un mayor protagonismo del concepto de
productividad en todos los aspectos.
Las políticas activas deben dirigirse, por su parte, a
facilitar la transición hacia nuevos empleos fomentando la capacidad de
adaptación de los desempleados.
Para reforzar el peso de la industria en la actividad
económica, Gobierno e interlocutores sociales estiman necesario
reformular la política industrial, entendida en un sentido amplio,
comprensivo de la actividad manufacturera y de todos los servicios no
financieros relacionados con la misma.
La apuesta común se orienta a subrayar el
protagonismo de una política industrial moderna, competitiva y que
incorpore tecnologías, innovación y personal cualificado, con vistas a
establecer una estrategia que mejore las condiciones en las que se
desenvuelve la actividad industrial y apoyar su crecimiento a partir de
actuaciones dirigidas a mejorar la competitividad de la industria
spañola.
La economía española debe superar la excesiva
dependencia de los combustibles fósiles y configurar una combinación de
fuentes de energía sostenible en el tiempo que conceda un papel
relevante a las energías renovables, junto con el uso del resto de los
instrumentos disponibles. La estrategia energética debe también permitir
que se alcance un coste razonable de la energía que no penalice la
actividad de la economía española, para lo cual es preciso discutir
sobre el mecanismo de conformación de su precio.
La estabilidad de precios es un elemento que cobra
todavía gran importancia en la actual situación de la economía española,
en la que es preciso utilizar todos los instrumentos posibles para ganar
cuotas de mercado interno y externo. Por este motivo, todos los agentes
implicados en el proceso de determinación de los precios deben asumir su
responsabilidad para evitar desviaciones al alza, sobre todo, en
relación con nuestros socios de la Unión Europea.
Actuaciones todas que deben estar acompañadas de otras
medidas para reducir el fracaso escolar, superar las deficiencias en el
apartado de la formación profesional y mejorar la calidad de la
enseñanza universitaria, como factores que impulsen la competencia
presente y futura de los ciudadanos españoles.
Un compromiso con los grandes retos de la sociedad
española, en el que deben participar de forma directa y fundamental
todos los niveles de gobierno que componen el Estado de las Autonomías,
incluyendo la mejora de la colaboración y coordinación de sus decisiones
y actuaciones para potenciar los intereses comunes.
En el curso de las negociaciones, todas las partes han
sido plenamente conscientes de las responsabilidades que a cada uno
correspondían. La flexibilidad en las posiciones defendidas por cada
parte, el ánimo constructivo para que las negociaciones avanzaran hasta
una posición compartida por todos y la voluntad de encontrar espacios
para el entendimiento y el consenso ha ermitido concluir este documento
de Acuerdos.
El Acuerdo alcanzado reúne un triple significado. En
primer lugar, reafirma la importancia, el valor, la vigencia y la
utilidad del Diálogo Social como un elemento esencial de nuestro modelo
socio-laboral en democracia. Una importancia que no es tan sólo una
declaración retórica y que encuentra su plena justificación cuando, en
momentos como el presente, se hace posible alcanzar un marco de reformas
consensuadas cuya eficacia y aceptación por el conjunto de la sociedad
queda multiplicada al contar con el aval de los Interlocutores Sociales.
En segundo lugar, el Acuerdo introduce reformas que
aseguran la sostenibilidad financiera y la viabilidad futura de nuestro
sistema de Seguridad en cuestión su carácter público y universal.
La reforma de la sostenibilidad del sistema pasará además por reforzar
su universalidad a través de los sistemas complementarios, desarrollados
en los países de nuestro entorno con mucha más intensidad que en España.
Los interlocutores sociales y el Gobierno asumen la importancia de
incentivarlos en mayor medida y mejorar los marcos que los
regulan.
Al mismo tiempo, se abordan reformas de calado en las
políticas de empleo para asegurar una atención más personalizada a las
personas en situación de desempleo e incrementar sus oportunidades de
encontrar una nueva ocupación.
Y, en tercer lugar, este ejercicio de responsabilidad
compartida por Gobierno e Interlocutores Sociales transmite a la
sociedad española un mensaje inequívoco de solidaridad social y de
confianza en el futuro de vital importancia, porque la colaboración de
todos para mejorar nuestra capacidad de crecimiento, para aumentar la
competitividad de las empresas españolas y para reforzar la cohesión
social y recuperar la credibilidad de los inversores nacionales e
internacionales se hace imprescindible para afrontar los retos que
determinarán nuestro futuro.
El resultado de las negociaciones se estructura en un
Acuerdo global de naturaleza social y económica en el que se integran
distintos tipos de acuerdo.
El primero de ellos, de carácter tripartito, se refiere
a tres ámbitos específicos: la reforma y el fortalecimiento del sistema
público de pensiones, el desarrollo de las Políticas Activas de Empleo y
otras medidas de índole laboral, y, por último, el ámbito de las
políticas industrial, energética y de innovación.
La segunda parte recoge un compromiso de carácter
bipartito entre el Gobierno y las Organizaciones Sindicales, que aborda
diversas cuestiones relativas a la Función Pública. Finalmente, el
tercer Acuerdo es de naturaleza bilateral entre las Organizaciones
Empresariales y Sindicales, y en él se establecen los criterios básicos
para la reforma de la negociación colectiva.
Parte 1ª
II. Pensiones (Acuerdo para la Reforma y
Fortalecimiento del Sistema Público de Pensiones)
Derecho legal a jubilación
El derecho legal a jubilación se sitúa con carácter
general en un intervalo entre 63 y 67 años, articulado de la siguiente
forma:
a) Jubilación ordinaria
Se incorpora el concepto de carrera laboral completa
ante la Seguridad Social para los trabajadores que hayan cotizado 38
años y seis meses. La edad de jubilación de los trabajadores que
acumulen la carrera laboral completa será a partir de los 65 años.
Para el resto la edad de jubilación se fija en 67 años.
El paso de 65 a 67 años se aplicará progresivamente en
el periodo comprendido entre 2013 y 2027, con un ritmo de un mes por año
hasta 2018 y de dos meses por año desde 2019 a 2027 (ver tabla 1 del
Anexo).
La cotización de 35 años a 38 años y seis meses para
acceder a la jubilación a los 65 años se producirá en un periodo
transitorio iniciado en 2013 y finalizado en 2027, con una cadencia de
tres meses cada año (ver tabla 2 del Anexo).
b) Jubilación anticipada
Criterio general
Los trabajadores podrán jubilarse de forma voluntaria a
partir de los 63 años de edad con un mínimo de 33 años de cotización. El
coeficiente reductor anual será del 7,5% por año de anticipo sobre la
edad ordinaria de jubilación en cada caso.
Sin perjuicio de lo previsto para la jubilación
anticipada en situación de crisis, no existirá ningún otro tipo de
coeficiente reductor de la Base Reguladora diferente del antedicho en el
párrafo anterior.
El acceso anticipado a la jubilación mediante este
mecanismo no podrá generar complemento por mínimos en la pensión
obtenida. De este criterio estará excepcionada la jubilación anticipada
en situaciones de crisis que se describe a continuación.
En situaciones de crisis
La edad mínima a la que nos hemos referido anteriormente
podrá ser reducida hasta los 61 años de edad en el caso de venir
motivado por situaciones de crisis.
Cuando se cumpla este requisito, la jubilación podrá
producirse a partir de los 61 años del trabajador con 33 años cotizados
y un coeficiente reductor del 7,5% que no podrá ser inferior al 33% ni
superior al 42% de la base reguladora
(ver tabla 3 del Anexo).
Se mantendrán las condiciones existentes con
anterioridad a esta reforma a todos los afectados constatables antes de
la publicación de la nueva norma en el Boletín Oficial del Estado.
Singularmente se mantendrán las condiciones de acceso de
jubilación anticipada previas a la suscripción de este acuerdo a todas
las personas con relación laboral suspendida o extinguida como
consecuencia de decisiones adoptadas en EREs o por medio de convenios
colectivos y/o acuerdos colectivos de empresa, así como decisiones de
procesos concursales aprobados o suscritos con anterioridad a la firma
de este acuerdo, incluso para las personas que tengan comprometida su
salida para un momento posterior a la firma del mismo.
Jubilación Parcial
Se mantiene la situación actual de jubilación parcial a
los 61 años.
La cotización será íntegra tanto para relevista como
para relevado
La elevación de la cotización respecto a la situación
actual, se realizará progresivamente en un periodo de 15 años desde la
entrada en vigor de la reforma.
Jubilación especial a los 64 años
La actual jubilación a los 64 años desaparece en el
momento de aplicación de la nueva norma.
Período de Cómputo
El periodo de cálculo de la base reguladora de la
pensión pasará de 15 a 25 años.
La elevación se realizará progresivamente a razón de un
año desde 2013 a 2022 (ver tabla 4 del Anexo).
Durante el periodo transitorio, los trabajadores
despedidos podrán aplicarse periodos de cómputo más amplios para evitar
perjuicios por la reducción de sus bases de cotización al final de su
vida laboral.
En caso de existir lagunas de cotización serán
completadas siempre de acuerdo a la fórmula siguiente:
- Las correspondientes a los primeros 24 meses con la
base mínima de cotización y las que excedan de 24 meses con el 50% de la
misma.
- Adicionalmente, la Seguridad Social arbitrará fórmulas
que reconozcan los periodos cotizados de los 24 meses anteriores al de
cómputo para el relleno de lagunas de cotización, en los términos y con
las condiciones que reglamentariamente se determinen.
Escala de cálculo para acceder al 100% de la base
reguladora de la pensión.
Se modifica la escala de la pensión con los siguientes
parámetros:
- la escala evolucionará desde el 50% de la base
reguladora a los 15 años hasta el 100% de la base reguladora a los 37
años con una estructura totalmente regular y proporcional.
- El paso de la escala actual a la nueva se producirá en
un período delimitado entre 2013 y 2027 (ver tabla 5 del Anexo).
Incentivos a la prolongación voluntaria de la vida
laboral
Uno de los objetivos prioritarios de la reforma es hacer
posible el alargamiento voluntario de la vida laboral y de las carreras
de cotización de los trabajadores. En este sentido, se establecen nuevos
incentivos calculados por cada año adicional trabajado después de la
edad en la que el trabajador pudiera acceder a la jubilación, 65 o 67
años según sus años de cotización:
Para las carreras inferiores a 25 años, el coeficiente
será del 2% anual a partir de los 67 años de edad.
Para las carreras de cotización comprendidas entre 25 y
37 años, el incentivo a la extensión voluntaria de la vida laboral
después de la edad de jubilación ordinaria será del 2,75% anual a partir
de los 67 años de edad.
El incentivo será del 4% anual para los trabajadores que
tengan la carrera laboral completa a partir de los 65 ó 67 años de edad.
Factor de sostenibilidad
Con el objetivo de mantener la proporcionalidad entre
las contribuciones al sistema y las prestaciones esperadas del mismo y
garantizar su sostenibilidad, a partir de 2027 los parámetros
fundamentales del sistema se revisarán por las
diferencias entre la evolución de la esperanza de vida a
los 67 años de la población en el año en que se efectúe la revisión y la
esperanza de vida a los 67 años en 2027. Dichas revisiones se efectuarán
cada cinco años utilizando a este fin las previsiones realizadas por los
organismos oficiales.
Mujeres
Es evidente que distinguir entre carreras largas y
comunes o cortas a efectos de determinar la edad legal de jubilación
tendrá un impacto desigual entre hombres y mujeres.
• Las mujeres que hayan interrumpido su vida laboral por
nacimiento o adopción podrán adelantar antes de los 67 años la edad de
jubilación en 9 meses por cada hijo, con un máximo de 2 años, siempre
que con ese periodo adicional dispongan de una carrera de cotización
suficiente para la jubilación plena entre los 65 y los 67 años.
• Se amplia a tres años el periodo cotizado por
excedencia para cuidado de hijos.
Jóvenes
La entrada en el mercado de trabajo cada vez se produce
con más frecuencia a través de la participación de los jóvenes en
programas formativos o de investigación, en algunas ocasiones sin la
correspondiente protección social.
• Los programas formativos, de formación profesional o
universitarios, gozarán de la misma protección que los contratos
formativos, con las mismas limitaciones temporales, y los entes y
empresas que los financien deberán cotizar a la Seguridad Social por los
beneficiarios en los mismos términos.
• Se eliminarán las restricciones a que el inicio en la
cotización de Seguridad Social pueda producirse a través de programas
formativos o de investigación (no se requerirá actividad laboral previa
para la suscripción de convenio especial)
• Para aquellas circunstancias en que sea necesario (por
ejemplo, trabajos en el extranjero) se posibilitará la formalización de
convenios especiales por la participación en programas de formación e
investigación remunerados.
• Se permitirá el pago de cotizaciones, por una única
vez y por un plazo no superior a dos años, por las situaciones en las
que existe obligación de cotizar en la actualidad, y en las que en el
periodo de cuatro años previos a la promulgación de la ley, al no
existir, provocó una amplia laguna de cotización en los años iniciales
de la vida laboral de los cotizantes.
• Se establecerán mecanismos de evaluación y seguimiento
de las modificaciones enunciadas.
Penosidad
Los problemas de penosidad, toxicidad, peligrosidad,
insalubridad y siniestralidad diferencial de los trabajadores veteranos
en determinadas profesiones deben resolverse de forma ordinaria a través
del cambio en las condiciones de trabajo, y de puesto de trabajo. Pero
en algunas circunstancias esto es imposible.
• En paralelo a la tramitación parlamentaria del
proyecto de ley, la Administración de la Seguridad Social culminará la
elaboración del decreto comprometido en el Acuerdo de 2006, sobre el
procedimiento general de aprobación de coeficientes reductores de la
edad de jubilación.
• Dicho texto contendrá un primer catálogo de
profesiones que estudie la aplicación de coeficientes reductores, por
cumplir las condiciones de mayor penosidad, peligrosidad y
siniestralidad entre sus trabajadores de mayor de edad que la media de
la profesión y del sistema.
Integración de Regímenes
• Los trabajadores por cuenta ajena del REASS se verán
integrados en el Régimen General, a través de un Sistema que garantice
la equiparación de sus prestaciones, habilitándose un periodo
transitorio de evolución de las cotizaciones que garantice el
mantenimiento de la competitividad de las cotizaciones agrarias.
• Durante el proceso de tramitación parlamentaria de la
reforma de la Seguridad Social se procederá a la revisión de la
situación del Régimen Especial de Empleados de Hogar a los efectos de su
integración en el Régimen General de la Seguridad Social.
Autónomos
Con el fin de hacer converger la intensidad de la acción
protectora de los trabajadores por cuenta propia con la de los
trabajadores por cuenta ajena, las bases medias de cotización del
Régimen Especial de Trabajadores Autónomos experimentarán un crecimiento
al menos similar al de las medias del Régimen General.
En todo caso, la subida anual no superará el crecimiento
de las medias del Régimen General en más de un punto porcentual. Las
subidas de cada año se debatirán con carácter previo en el marco del
diálogo social, y no serán aplicables los años en los que las crisis
económicas tengan como efectos la pérdida de rentas o empleo en este
colectivo.
Bases máximas de cotización
Conforme a las recomendaciones del Pacto de Toledo,
cuando la situación económica y del empleo lo permita, el Ministerio de
Trabajo e Inmigración y los interlocutores sociales examinarán la
relación entre las bases máximas de cotización y los salarios medios, a
fin de mantener el carácter contributivo del sistema.
Alternativas de financiación complementaria
Los Ministerios de Trabajo e Inmigración, Economía y
Hacienda, y los agentes económicos y sociales, examinarán en el marco de
las recomendaciones del Pacto de Toledo, la conveniencia de establecer
posibles escenarios de financiación complementaria de nuestro
sistema de Seguridad Social en el medio y largo plazo.
Separación de fuentes de financiación
Los firmantes del acuerdo asumen plenamente el conjunto
de las recomendaciones del Pacto de Toledo en orden a la separación y
clarificación de las fuentes de financiación, y en este sentido
consideran necesario que se hagan compatibles los objetivos de
consolidación y estabilidad presupuestaria con los de plena financiación
de las prestaciones no contributivas y universales a cargo de los
Presupuestos de las Administraciones Públicas, con especial interés en
el cumplimiento de los compromisos de financiación mediante impuestos de
los complementos a mínimos de pensiones.
Pensiones de unidades económicas unipersonales
Aunque los incrementos de las pensiones mínimas han
situado buena parte de éstas por encima del umbral de pobreza relativa,
todavía las situaciones de privación se concentran, especialmente, entre
pensionistas que viven solos con una edad avanzada. Se considera
necesario reforzar el esfuerzo del sistema, desde la vertiente no
contributiva, en estas situaciones, sin hacer distinciones por razón de
la contingencia protegida.
Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades
Profesionales.
• La cuota de contingencias profesionales de Seguridad
Social ya lleva incorporado un elemento de capitalización (capitales
coste) que prevé deslizamientos futuros del gasto, y por tanto su
cuantía debe ajustarse a los costes de las prestaciones y de su gestión,
y de la prevención de la siniestralidad y demás riesgos laborales para
cada sector de actividad.
Durante el periodo de cinco años a partir de la vigencia
del presente acuerdo se procederá a una evaluación anual de los costes
de las prestaciones así como de los costes de gestión de forma que ello
propicie el ajuste de las cotizaciones profesionales en un contexto
compatible con las necesidades de la coyuntura económica.
• Las Mutuas y el INSS desarrollarán programas y
criterios de colaboración a fin de controlar más eficazmente los costes
empresariales derivados de los procesos de IT de duración inferior a 15
días.
• Los órganos directivos de las Mutuas se compondrán de
las empresas con mayor número de trabajadores mutualizados, de otras
designadas paritariamente por las organizaciones empresariales y de una
representación de las organizaciones sindicales más representativas.
ANEXO
Tabla 1 (aplicación de elevación de edad de jubilación)
Edad de jubilación en función de los períodos de
cotización acreditados
| |
Menos de 38 años y 6 meses
cotizados
|
38 años y 6 meses o más
cotizados
|
| Durante año 2013 |
65 años y 1 mes |
65 |
| Durante año 2014 |
65 años y 2 meses |
65 |
| Durante año 2015 |
65 años y 3 meses |
65 |
| Durante año 2016 |
65 años y 4 meses |
65 |
| Durante año 2017 |
65 años y 5 meses
|
65 |
| Durante año 2018 |
65 años y 6 meses |
65 |
| Durante año 2019 |
65 años y 8 meses |
65 |
| Durante año 2020 |
65 años y 10 meses |
65 |
| Durante año 2021 |
66 años |
65 |
| Durante año 2022 |
66 años y 2 meses |
65 |
| Durante año 2023 |
66 años y 4 meses |
65 |
| Durante año 2024 |
66 años y 6 meses |
65 |
| Durante año 2025 |
66 años y 8 meses
|
65 |
| Durante año 2026 |
66 años y 10 meses |
65 |
| A partir de año 2027 |
67 años |
65 |
Tabla 2 (régimen transitorio del incremento de
35 a 38 años y 6 meses en la jubilación a los 65 años)
| |
Período cotizado |
| Durante año 2013 |
35 años y 3 meses |
| Durante año 2014 |
35 años y 6 meses |
| Durante año 2015 |
35 años y 9 meses |
| Durante año 2016 |
36 años |
| Durante año 2017 |
36 años y 3 meses |
| Durante año 2018 |
36 años y 6 meses |
| Durante año 2019 |
36 años y 9 meses |
| Durante año 2020 |
37 años |
| Durante año 2021 |
37 años y 3 meses |
| Durante año 2022 |
37 años y 6 meses |
| Durante año 2023 |
37 años y 9 meses |
| Durante año 2024 |
38 años |
| Durante año 2025 |
38 años y 3 meses |
| A partir de año 2026 |
38 años y 6 meses |
Tabla 3 (coeficientes reductores en supuestos de
jubilación anticipada en situaciones de crisis)
| (situación en 2027 tras
aplicación de régimen transitorio) |
|
Años cotizados |
Años de edad |
| 61 |
62 |
63 |
64 |
65 |
66 |
|
Menos de 38 y 6 meses (edad de referencia 67
años) |
42 |
37,5 |
30 |
22,5 |
15 |
7,5 |
|
Al menos 38 y 6 meses (edad de
referencia 65 años) |
33 |
22,5 |
15 |
7,5 |
0 |
0 |
Tabla 4 (elevación del periodo de cómputo)
Elevación del periodo de cómputo (cálculo de la base
reguladora)
| Referencia temporal |
Tiempo computado |
| Durante año 2013 |
192 meses (16 años) |
| Durante año 2014 |
204 meses (17 años) |
| Durante año 2015 |
216 meses (18 años) |
| Durante año 2016 |
228 meses (19 años) |
| Durante año 2017 |
240 meses (20 años) |
| Durante año 2018 |
252 meses (21 años) |
| Durante año 2019 |
264 meses (22 años) |
| Durante año 2020 |
276 meses (23 años) |
| Durante año 2021 |
288 meses (24 años) |
| A partir de 2022 |
300 meses (25 años) |
Tabla 5 (aplicación de la escala de cálculo para acceder
al 100% de la base reguladora de la pensión)
| Referencia temporal |
Escala de cálculo |
| Durante años
2013 a 2019 |
Por cada mes adicional de cotización entre los
meses 1 y 163, el 0,21 por 100 y por los 83 meses siguientes, el
0,19 por 100 |
|
Durante años 2020 a 2022 |
Por cada mes adicional de cotización entre los
meses 1 y 106, el 0,21 por 100 y por los 146 meses siguientes,
el 0,19 por 100 |
| Durante años 2023 a 2026 |
Por cada mes adicional de cotización entre los
meses 1 y 49, el 0,21 por 100 y por los 209 meses siguientes, el
0,19 por 100 |
|
A partir del 1 enero 2027 |
Por cada mes adicional de cotización,
comprendidos entre los meses 1 y 248, el 0,19 por 100 y los que
rebasen el mes 248, el 0,18 por 100 |
Acuerdo sobre Políticas Activas de Empleo y otras
materias de índole laboral.
Reforma de las Políticas Activas de Empleo
El desempleo constituye el problema más grave de la
economía española.
Mejorar la situación del empleo en nuestro país
constituye un objetivo compartido e irrenunciable para las partes
firmantes. Para ello, es preciso seguir avanzando hacia un crecimiento
económico robusto que se traduzca en un nivel de creación de empleo
capaz de reducir el número de personas desempleadas. En esa dirección,
resulta urgente abordar una reforma de las políticas activas de empleo
que permita preparar a las personas para mejorar su empleabilidad, dar
mejor respuesta a las necesidades de personal de las empresas y situar a
los servicios de empleo como los mejores instrumentos para la gestión
del capital humano en el nuevo modelo económico más equilibrado y más
productivo.
En este contexto, las partes acuerdan una reforma de las
políticas activas de empleo que contribuya a la mejora del mercado de
trabajo y a la mayor empleabilidad de quienes buscan su empleo. Para
ello, esta reforma contemplará dos tipos de medidas:
• De carácter estructural, orientada al medio y largo
plazo, y que implica su reforma en profundidad a través de la
modificación de la Ley de Empleo.
• Otra de carácter coyuntural, consistente en poner en
marcha en 2011 un plan de choque dirigido especialmente a jóvenes y
parados de larga duración.
1. Medidas de carácter estructural:
1.1 Desarrollar un modelo de atención personalizada
a las personas en situación de desempleo basado en un itinerario
individual y personalizado de empleo. El citado itinerario se
materializará en un Acuerdo Personal de Empleo (APE), por
el cual, la persona beneficiaria del itinerario se comprometerá a su
participación activa en las acciones para la mejora de su empleabilidad
y de búsqueda activa de empleo o puesta en marcha de una iniciativa
empresarial, y el Servicio Público de Empleo a la asignación y
seguimiento de dichas acciones.
Los itinerarios individuales y personalizados asegurarán
la igualdad de derechos en el acceso al servicio público, y se aplicarán
con carácter prioritario a las personas desempleadas con el objetivo de
su universalización para toda la población activa a partir de 2013.
1.2 Fortalecer los Servicios Públicos de Empleo (SPE)
en el marco del Sistema Nacional de Empleo. Las partes consideran que se
han de continuar los esfuerzos para el mejor aprovechamiento y refuerzo
de los recursos humanos y medios técnicos de estos Servicios, de acuerdo
con las disponibilidades financieras, y con el horizonte de aproximarnos
a los estándares europeos.
Asimismo, se procederá al afianzamiento de los órganos
del Sistema Nacional de Empleo, así como de los instrumentos de que se
sirve dicho Sistema para reforzar su coordinación.
Se adoptarán medidas para mejorar la planificación,
gestión y evaluación de las políticas de empleo de cara a asegurar su
eficacia y eficiencia.
1.3 Establecer un catálogo de servicios básicos a
la ciudadanía, común para todos los Servicios Públicos de Empleo, en
el que predomine un enfoque integral de los servicios y se determinen
los destinados a las personas, tanto desempleadas como ocupadas, y
a las empresas. Su concreción para cada colectivo y territorio se
establecerá por cada Servicio Público de Empleo.
1.4 Elaborar una Estrategia Española de Empleo,
coordinada por el Gobierno, que defina las actuaciones a adoptar con
carácter plurianual por los Servicios Públicos de Empleo para responder
a las necesidades estructurales de nuestro mercado de trabajo y
contribuir a la recuperación del empleo, en conexión con los ejes de la
Estrategia Europea 2020 y el Plan Nacional de Reformas.
Determinará los colectivos de atención preferente, los
objetivos cuantitativos a alcanzar para el conjunto del Estado y su
especificación en cada Comunidad Autónoma, junto a los recursos que se
destinarán para su realización. Se establecerá un sistema de seguimiento
y evaluación de la Estrategia.
La Estrategia garantizará la igualdad de acceso, la
cohesión social y la complementariedad entre la unidad de mercado y la
diversidad territorial.
1.5. Transformar en profundidad los actuales programas
de políticas activas de empleo y redefinir su contenido y desarrollo
para que sean más útiles para las personas desempleadas.
Las normas estatales deberán identificar las distintas
medidas y fijar los contenidos comunes de las acciones en materia de
orientación profesional, promoción del empleo, formación para el empleo
y promoción del autoempleo y de la actividad económica, correspondiendo
a las Comunidades Autónomas su ejecución ajustada a las necesidades
específicas de su territorio, favoreciendo la autonomía y
responsabilidad en su gestión, sin perjuicio de las actuaciones de
ámbito estatal que le corresponda al Servicio Público de Empleo Estatal.
Partiendo de los avances alcanzados en el marco de los
IV Acuerdos de Formación Profesional, se revisará el funcionamiento el
subsistema de formación profesional para el empleo a fin de que la
oferta permita una mayor respuesta a las necesidades de empleabilidad de
los trabajadores, a las necesidades de las empresas y al desarrollo
socio-económico de cada territorio y sector. Para ello, se iniciarán las
negociaciones de un nuevo Acuerdo en esta materia.
1.6. Impulsar una mayor relación de las políticas
activas de empleo y el sistema de protección por desempleo para
reducir el tiempo en que una persona está desempleada. Considerando que
el actual sistema de protección es una herramienta imprescindible para
la transición a niveles más altos de empleo, las partes coinciden en la
necesidad de articular un sistema que mejore la coordinación entre los
diferentes ámbitos de responsabilidades en las políticas de empleo.
2. Medidas de carácter coyuntural para 2011-2012: Plan
de choque, que incluirá las siguientes medidas:
2.1. Programa excepcional de empleo para la
transición hacia la contratación estable, dirigido a jóvenes hasta
30 años y a personas en desempleo de larga duración, mediante una
reducción de las cuotas empresariales a la Seguridad Social, durante el
primer año de vigencia del contrato, para las empresas que creen nuevos
puestos de trabajo a tiempo parcial con una jornada que oscile entre
el cincuenta por ciento y el setenta y cinco por ciento de la
considerada habitual.
El programa podrá ser de aplicación a los contratos de
trabajo de estas características que se celebren durante los doce meses
posteriores a la aprobación de esta medida, e incluirá reducciones de
cuotas cuando se traté de contratos indefinidos y de contratos
temporales de, al menos, seis meses de duración.
La reducción de cuotas será del 100%, si el contrato se
realiza por empresas con una plantilla inferior a 250 trabajadores, y
del 75%, en el caso de que las empresas tengan una plantilla igual o
superior a la señalada.
Asimismo, existirán estímulos para la conversión de
estos contratos en indefinidos: o cuando la persona contratada
pertenezca a los colectivos a que se refiere el artículo 10 de la Ley
35/2010, las empresas podrán acogerse a las bonificaciones de cuotas por
la contratación indefinida previstas en el mismo; o cuando la persona
contratada pertenezca a colectivos diferentes de los anteriores, las
empresas podrán acogerse a la transformación en contratos de fomento de
la contratación indefinida a que se refiere el artículo 3 de la Ley
35/2010; o en ambos casos, la transformación del contrato debe
producirse durante su primer año de vigencia.
Esta medida tendrá una duración de doce meses desde su
aprobación. No obstante, a los seis meses de su aplicación, las partes
firmantes de este Acuerdo procederán a una evaluación del impacto que ha
tenido la misma y constituirán un grupo de trabajo que, con base en las
experiencias comparadas y en el propio impacto de esta medida, analice
y, en su caso, proponga una nueva regulación del trabajo a tiempo
parcial que incluya, entre otros aspectos, el de su protección social.
2.2. Programa de recualificación profesional de las
personas que hayan agotado su protección por desempleo. Se
establecerá un programa específico de carácter nacional que incluya
medidas de política activa de empleo y ayudas económicas de
acompañamiento.
Serán beneficiarias de este programa las personas que
agoten su protección por desempleo a partir del 16 de febrero de 2011 y
no cumplan los requisitos de acceso a la Renta Activa de Inserción
Las personas beneficiarias de este programa tendrán
derecho a: o realizar un itinerario individualizado y personalizado de
inserción, que contemple el diagnóstico sobre su empleabilidad, así como
las medidas de política activa de empleo dirigidas a mejorarla; o
participar en medidas de política activa de empleo encaminadas a la
recualificación y/o reinserción profesional necesarias para que estas
personas puedan incorporarse a nuevos puestos de trabajo, especialmente
en sectores emergentes y con mayor potencial de crecimiento; o recibir
una ayuda económica de acompañamiento del 75% del IPREM mensual,
hasta un máximo de 6 meses, cuando la persona beneficiaria carezca de
rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.
Con el objeto de realizar las acciones de política
activa de empleo comprendidas en este programa, las Comunidades
Autónomas destinarán el número de orientadores y promotores de empleo
necesario para la atención individualizada de las personas
beneficiarias, y programarán las acciones de recualificación y/o
reinserción profesional que aseguren el acceso y participación de las
mismas en estas acciones.
Dado que se trata de un programa de carácter nacional,
el Servicio Público de Empleo Estatal será el encargado de la gestión y
pago de estas ayudas económicas de acompañamiento.
A fin de garantizar el correcto funcionamiento de este
programa, el Servicio Público de Empleo Estatal y los servicios públicos
de empleo de las Comunidades Autónomas establecerán los mecanismos
necesarios para la coordinación e intercambio de información.
Esta medida tendrá una duración de seis meses desde su
aprobación.
Antes de que concluya este plazo, se procederá a una
evaluación de su aplicación.
2.3. Teniendo en cuenta las dificultades de
inserción laboral de las personas en desempleo en este periodo, que en
muchos casos está acompañada de necesidades de cualificación para el
mismo, las partes consideran que ha de realizarse una revisión de las
medidas de políticas activas de empleo que actualmente se viene
aplicando para reforzar su eficacia y eficiencia en el corto plazo. Para
ello, se procederá a reordenar, con carácter transitorio, el
presupuesto de las actuales políticas activas de empleo con el fin
de responder mejor a las necesidades de inserción laboral y
recualificación de las personas desempleadas en la actual
coyuntura, especialmente de aquellas procedentes de sectores que
no alcanzarán las cotas de crecimiento de años anteriores.
2.4. Acciones de mejora de la empleabilidad que combine
actuaciones de orientación y formación para el empleo, mediante la
puesta en marcha de itinerarios individuales y personalizados de empleo,
dirigidos a jóvenes, mayores de 45 años en desempleo de larga duración,
y personas procedentes del sector de la construcción y otros afectados
por la crisis que, dentro de estos colectivos, tengan baja
cualificación.
Más y mejor formación para los jóvenes
Los estudios internacionales indican que en el año 2020
sólo el 15% del empleo en la Unión Europea será para personas sin
ninguna cualificación profesional. O dicho de otra forma, debe
garantizarse que en el futuro el 85% de los jóvenes españoles tengan
como mínimo una formación profesional de grado medio. Se trata de un
objetivo que servirá a la vez para elevar la cualificación de nuestros
jóvenes y para mejorar su situación presente y futura en el mercado de
trabajo.
A la vista de lo anterior, y sin perjuicio de otras
acciones, las partes firmantes acuerdan:
- Incrementar la oferta de plazas de formación
profesional en el sistema educativo dirigidas a los sectores con mayores
posibilidades de crecimiento del empleo y convocar el procedimiento de
reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de
la experiencia laboral especialmente dirigido a la población que hoy se
encuentra en paro y no tiene ninguna cualificación reconocida, para
posteriormente ofrecerles la formación complementaria que necesitan para
obtener un título de formación profesional o un certificado de
profesionalidad.
- El Ministerio de Trabajo e Inmigración y el Ministerio
de Educación trabajarán conjuntamente y con los interlocutores sociales,
para realizar un estudio que permita identificar los sectores con
mayores posibilidades de crecimiento del empleo y a partir de ese
estudio elaborar una propuesta de Mapa de la oferta de formación
profesional, un Mapa que de respuesta a las necesidades de los distintos
sectores productivos adecuadas a nuestro modelo de crecimiento
económico. Este Mapa, con las consecuentes líneas de actuación, debe
servir de referente para planificar el conjunto de la oferta de
formación profesional.
- Analizar conjuntamente las infraestructuras,
formadores y recursos económicos de los que se dispone con el fin de
optimizar su utilización y realizar una oferta que cubra tanto las
necesidades de los jóvenes escolarizados en el sistema educativo como
las necesidades de la población activa, especialmente dirigida a los
jóvenes para mejorar sus posibilidades de empleabilidad.
- Potenciar las Plataformas on-line, con oferta
semipresencial, para facilitar el acceso a las ofertas de formación
profesional al conjunto de la población. El Ministerio de Educación está
ofertando en la actualidad a través de esta modalidad 9 ciclos
formativos de formación profesional de grado medio y de grado superior.
Para el próximo curso (septiembre de 2011) está oferta se ampliará hasta
100 ciclos que también permitirán ser cursados de forma parcial para
ajustarse a las necesidades de la población activa.
Estrategia global para el empleo de los trabajadores de
más edad
La tasa de empleo de los trabajadores entre 55 y 64 años
de edad se sitúa actualmente en el 43,7 %, cinco puntos por debajo de la
tasa de empleo de estos trabajadores en los países de la Unión
Europea-15 y diecinueve puntos por debajo de nuestra tasa general de
empleo, que es el 62, 8 %.
Para mejorar la situación del empleo de los trabajadores
de más edad, resulta necesario adoptar una visión más integral de las
políticas públicas a desarrollar que, junto a los incentivos económicos
hasta ahora utilizados, integre los valores positivos que presenta el
mantenimiento de estos trabajadores en la empresa.
Por otra parte, el desarrollo de políticas de la
prolongación de la vida laboral aconseja la adopción de nuevas medidas
también en el ámbito del empleo que proporcionen oportunidades de empleo
durante toda la vida activa y, por tanto, que contribuyan a aumentar la
edad en la que los trabajadores abandonan el mercado de trabajo y
acceden a la jubilación, lo cual debe redundar tanto en un mejor
funcionamiento del mercado de trabajo que aproveche la experiencia y
cualificación de los trabajadores de mayor edad, como en la mayor
sostenibilidad financiera del sistema de Seguridad Social.
Teniendo presente lo anterior, las partes firmantes
acuerdan que el Gobierno, previa consulta y negociación con las
organizaciones empresariales y sindicales firmantes, elabore, con
anterioridad al 30 de septiembre de 2011, una Estrategia global de
empleo de los trabajadores de más edad, que incluya medidas en
materia de empleo, formación y condiciones de trabajo, con los objetivos
de favorecer su mantenimiento en el mercado de trabajo y promover la
reincorporación al mismo de aquellos que pierden su empleo en los
últimos años de su vida laboral.
Desarrollo de la reforma laboral
La Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes
para la reforma del mercado de trabajo, incluye diversas cuestiones y
materias pendientes de desarrollo. A tal efecto, las partes firmantes
acuerdan:
• Expedientes de regulación de empleo
El Gobierno ha remitido a los interlocutores sociales
para consulta un borrador de Proyecto de Real Decreto por el que se
aprueba el reglamento de los procedimientos de regulación de empleo y de
actuación administrativa en materia de traslados colectivos.
Sin perjuicio de las posiciones de las organizaciones
empresariales y sindicales sobre el concreto contenido del indicado
Proyecto de Real Decreto, las partes firmantes acuerdan trasladar y
abordar todas las cuestiones referidas al mismo a partir de la firma de
este Acuerdo.
• Fondo de capitalización
El Gobierno debe aprobar, con anterioridad al 18 de
junio de 2011, un proyecto de Ley por el que, sin incremento de las
cotizaciones empresariales, se regule la constitución de un fondo de
capitalización para los trabajadores, mantenido a lo largo de su vida
laboral, por una cantidad equivalente a un número de días de salario por
año de servicio a determinar, que se hará efectivo en los supuestos de
despido, de movilidad geográfica, para el desarrollo de actividades de
formación o en el momento de su jubilación
Con el objetivo de analizar el funcionamiento de
instituciones similares que existen en otros países de nuestro entorno y
su posible adaptación al sistema español de relaciones laborales para
dotar a nuestro mercado de trabajo de mayor estabilidad en el empleo y
una más sana movilidad laboral, las partes firmantes acuerdan la
creación de un grupo de expertos integrado por 6 miembros que serán
consensuados por los firmantes.
A tal efecto, las partes firmantes elaborarán un mandato
concreto al grupo de expertos para que se pronuncie sobre las distintas
alternativas posibles para instrumentar este fondo de capitalización,
abordando las siguientes cuestiones: su aplicación a todos los contratos
de trabajo vigentes o a los que se celebren con posterioridad a su
entrada en vigor, su configuración como un nuevo derecho de
capitalización individual para los trabajadores o relacionado con los
costes de extinción del contrato de trabajo, el tipo de institución más
adecuada para su gestión y los aspectos relacionados con su
financiación.
Las conclusiones del trabajo de este grupo de expertos
se pondrán a disposición de las partes firmantes. A partir de estas
conclusiones, el Gobierno aprobará el proyecto de ley relativo al fondo
de capitalización, previa consulta y negociación con las organizaciones
empresariales y sindicales firmantes.
III. Acuerdo sobre Política Industrial, Política
Energética y Política de Innovación
POLÍTICA INDUSTRIAL
La crisis económica y financiera ha provocado sobre
nuestra industria un impacto particularmente fuerte en forma de ajustes
severos. El entorno actual es muy distinto al existente antes de la
crisis y también lo deben ser las estrategias de las empresas para
abordar una nueva fase de crecimiento.
Las partes firmantes reconocen el papel central que debe
jugar el sector industrial, como motor de la recuperación y creador de
riqueza y de empleo de calidad. Se trata en definitiva de que el peso de
la actividad industrial con relación al total de la economía española
aumente hasta niveles equiparables a los existentes en los países
europeos más desarrollados que son, no sólo nuestros competidores, sino
un buen referente.
Con este objetivo, el Gobierno e interlocutores sociales
acuerdan incorporar al Plan Integral de Política Industrial 2020
(PIN2020) las siguientes propuestas que, enriqueciendo el Plan, permitan
acercar la nueva formulación de la Política Industrial y de Innovación
en él plasmada a las consideraciones compartidas por todas las partes
firmantes:
1. Todas las partes convienen en la necesidad de
introducir la noción de calidad, la innovación, la tecnología, en
particular el uso de las TICs, y el uso eficiente de los recursos como
base de la competitividad de nuestra industria. Paralelamente, apuestan
por el desarrollo de actuaciones que potencien la imagen de la industria
en la sociedad, como motor de creación de riqueza y empleo.
2. También es necesario reforzar los instrumentos
vigentes de concertación mejorando los mecanismos existentes de
participación, así como establecer medidas dirigidas al seguimiento
sistemático de los procesos sectoriales y locales de restructuración
para la definición de estrategias de anticipación ante los cambios en
los sectores productivos.
3. En este contexto, las partes acuerdan reforzar el
trabajo de los Observatorios Industriales, que deben desarrollar un
papel central en la evaluación, el seguimiento y la formulación de la
política industrial en su ámbito sectorial. Para ello, se analizará y
evaluará la actividad de los Observatorios Industriales y su labor como
colaboradores en la formulación de la política industrial. Esta
evaluación se llevará a cabo en el seno del Grupo de Trabajo de
Industria y Energía para el Diálogo Social
Reforzado, además de en los propios observatorios. En
caso de considerarse necesario, se rediseñará su estructura y/o los
ámbitos de cobertura sectorial. El trabajo de los Observatorios es
complementario al realizado por el Grupo de Trabajo de Industria y
Energía para el Diálogo Social Reforzado que aporta una visión
horizontal de la actividad industrial y que, durante su vigencia y por
razones de simplicidad, adoptará todas las funciones de la Comisión de
Seguimiento de los Observatorios Industriales.
4. Gobierno e interlocutores sociales reconocen que las
actuaciones de apoyo a la industria deberán ir acompañadas de una
estimación de impacto que permita conocer los efectos de las mismas en
la cadena de valor del sector industrial en el que inciden.
5. Los instrumentos de apoyo podrán adquirir formas
diferentes y ser de carácter cualitativo o cuantitativo. En relación con
las medidas de apoyo financiero, las partes firmantes consideran
esencial primar el esfuerzo inversor de la empresa por lo que este será
una consideración importante entre los criterios evaluadores de las
solicitudes.
6. De igual forma, entre estas medidas de apoyo
financiero estará reforzar el marco de financiación de las empresas
industriales de menor dimensión, en el que se compensen las carencias de
los mercados financieros que impiden a estas empresas implantarse y
consolidarse. En este ámbito, se potenciará la función que realiza tanto
la Empresa Nacional de Innovación (ENISA) como la Compañía Española de
Reafianzamiento (CERSA) como instrumentos de apoyo a las pequeñas y
medianas empresas.
7. Las Telecomunicaciones y la Sociedad de la
Información son un sector clave por su gran capacidad para innovar,
invertir y seguir generando crecimiento y empleo, por lo que es
necesario impulsar el uso, la calidad y conectividad de las redes.
8. Las partes coinciden en la necesidad de incorporar en
el PIN2020 una nueva actuación, dirigida a reflejar el Plan de Acción
para la Reducción de Cargas Administrativas.
9. El Gobierno se compromete a promover en los foros
europeos la adopción del aseguramiento del acceso a las materias primas
como uno de los ejes prioritarios de la política comercial de la UE en
el exterior, adecuando las actuaciones en España a las especificidades
de nuestra economía.
10. Ante la constatación de algunas disfunciones o
solapamientos, las partes firmantes acuerdan la creación de un Foro de
Encuentro compuesto por el Gobierno, Organizaciones Empresariales y
sindicatos que contará con la presencia de representantes de las CC.AA.
para analizar la normativa industrial estatal y autonómica, y proponer
posibles soluciones.
11. Es preciso que la actividad industrial contribuya al
cumplimiento de los objetivos medioambientales asumidos por España, sin
que ello suponga un menoscabo de su competitividad. En esta línea, hay
proyectos industriales que pueden contribuir de forma notable a ambos
objetivos y, entre ellos, el desarrollo del vehículo eléctrico como
proyecto, no sólo energético o medioambiental, sino también industrial.
Por ello, se desarrollarán planes industriales, además de promover su
fabricación en nuestro país, que permitan desarrollar una tecnología
propia y exportar el know how asociado.
12. En materia internacional, las partes coinciden en la
necesidad de adoptar, entre otras, las siguientes actuaciones: fomentar
la aplicación de regulaciones y estándares de la Unión Europea en
terceros mercados; potenciar la Estrategia Europea de Acceso a Mercados,
dando a conocer mejor este instrumento entre las empresas españolas;
facilitar el acceso al mercado de contratación pública en terceros
países y promover que los compromisos de la OCDE en materia de
financiación se apliquen de manera homogénea en todos los países.
13. Reconociendo el papel crucial que ha de jugar el
sector exterior en la recuperación de nuestra economía, el Gobierno se
compromete a abordar una reforma del ICEX, reforzando su capacidad
financiera, y de los instrumentos que permiten acompañar a las empresas
en sus planes de apertura al exterior.
14. El Gobierno y los interlocutores sociales convienen
en la necesidad e incorporar criterios que permitan establecer de forma
objetiva el carácter estratégico y/o prioritario de los sectores,
consideración que habrá de ser objeto de revisión en el tiempo. La
definición de los criterios y la calificación de los sectores tendrá en
cuenta las aportaciones del Grupo de Trabajo de Industria y Energía para
el Diálogo Social Reforzado.
15. Las partes firmantes acuerdan que el seguimiento, la
evaluación y la eventual reformulación del PIN2020 será realizada por el
Grupo de Trabajo de Industria y Energía para el Diálogo Social
Reforzado, con la colaboración de los Observatorios Industriales.
16. Finalmente, se acuerda que las políticas públicas
han de actuar también sobre los siguientes ejes: i) desarrollar una
acción concertada del conjunto de Administraciones Públicas y el sector
privado, al mismo tiempo que se impulsa un programa específico de
rehabilitación urbana y de vivienda residencial, con especial atención a
la mejora de la eficiencia energética; el Plan para una acción
concertada entre las administraciones públicas y el sector privado
deberá ser conocido por el Grupo de Trabajo de Diálogo Social Reforzado
para vivienda y ii) en materia de infraestructuras y transporte, es
necesario actualizar el PEIT para garantizar la coordinación de las
actuaciones en los diferentes modos de transporte reforzando el papel
que este tiene para mejorar la competitividad de la economía, dando
prioridad a la finalización de los ejes transversales que tienen
carácter vertebrador, como el corredor del Mediterráneo, y las
declaradas como prioritarias por la UE y el reequilibrio modal.
POLÍTICA ENERGÉTICA
La energía constituye uno de los ejes principales de la
actividad económica y, como tal, un motor para el desarrollo y progreso
de cualquier país. Uno de los grandes retos de los Gobiernos del siglo
XXI es el de garantizar a sus ciudadanos y empresas un sistema de
abastecimiento energético basado en tres objetivos: 1) la seguridad de
suministro y la reducción de la dependencia energética, 2) la
competitividad económica y 3) la sostenibilidad medioambiental.
En los últimos años el sector energético ha
experimentado profundas transformaciones como consecuencia de la
creciente participación de las economías emergentes en la demanda
energética, del importante desarrollo tecnológico y de los compromisos
internacionales en materia de reducción de las emisiones contaminantes
de los modelos de generación de energía. A ello hay que añadir, en el
caso español, debilidades como la elevada dependencia exterior o el
relativo aislamiento de nuestra red básica de energía del resto del
continente europeo.
Todos estos cambios, junto a los rasgos propios del
sector energético español, refuerzan la dimensión estratégica de este
sector y exigen la adopción de un conjunto de medidas de carácter
estructural que contribuyan a la sostenibilidad económica y
medioambiental a medio y largo plazo, garantizando la estabilidad frente
a los cambios de ciclo económicos y políticos.
Paralelamente, el actual contexto económico ha
condicionado la evolución de la demanda energética nacional e
internacional poniendo de manifiesto la necesidad de medidas de
naturaleza coyuntural. Desde el convencimiento de que la política
energética es un factor clave para impulsar un desarrollo económico
compatible con la protección del medio ambiente, las partes firmantes
consideran que la consolidación de un modelo energético sostenible,
estable y eficiente, que refuerce la confianza de empresas y de
consumidores, exige el impulso de las siguientes actuaciones.
1. Las partes negociarán y realizarán una propuesta
compartida para el horizonte 2035. Se llevará a cabo en el seno del
Grupo de Trabajo de la Industria y Energía para el Diálogo Social
Reforzado durante el primer trimestre del año. Se tomará como base de
partida el mix energético de referencia a 2020 de la Subcomisión de
análisis de la estrategia energética española. Las partes asumen este
mix como orientador de la política energética a desarrollar con este
objetivo temporal. Asimismo, el citado grupo de trabajo, también
abordará la gestión de los residuos nucleares.
El mix de referencia tendrá en cuenta el objetivo de
convergencia con los valores medios de la UE de la intensidad energética
y la reducción de la dependencia en este ámbito. Además, contemplará una
mayor electrificación de la economía y asegurará el cumplimiento en 2020
de los objetivos de alcanzar el 20% de energía final renovable y, de
modo específico, el 10% de renovables en el transporte. Lo anterior
exigirá el desarrollo de las interconexiones de electricidad y gas hasta
alcanzar los objetivos establecidos en el ámbito europeo.
2. Las partes acuerdan realizar una revisión de los
principales componentes del precio de la electricidad, con objeto de
eliminar las posibles ineficiencias, reducir los sobrecostes y dar
transparencia a costes regulados y precios. También se analizarán los
mercados minoristas de electricidad, de gas y de gases licuados del
petróleo, con el objetivo de preservar el necesario grado de competencia
y calidad del servicio. Se establecerán mecanismos de protección social
para los consumidores más vulnerables y/o con menor capacidad de ahorro
energético.
3. Reforzar el liderazgo de España en el ámbito de las
energías renovables, que contribuyen a reducir las emisiones y a aliviar
nuestra dependencia energética exterior. Para ello se acuerda la
elaboración de un nuevo Plan de Energías Renovables 2011-2020 en el que
se recogerá una senda indicativa de la instalación de esta modalidad de
energía que permita alcanzar el mix energético de referencia a 2020. Las
políticas de apoyo a las renovables pondrán énfasis en el fomento de la
innovación y el desarrollo tecnológico y la eficiencia en los mecanismos
de incentivos a la generación, con el objetivo de que las empresas
españolas fortalezcan su posición de liderazgo industrial en el ámbito
internacional.
4. Impulsar medidas de ahorro y eficiencia energética a
través del desarrollo de un mercado de servicios energéticos, incluyendo
medidas de apoyo a la financiación de las empresas de servicios
energéticos. En particular, se contemplan actuaciones como el desarrollo
y ejecución del Plan 2000 ESE y, con la participación de los agentes
sociales, la elaboración de una futura ley de Eficiencia Energética y
Energías Renovables, así como la aprobación de un nuevo Plan de Acción
2012-2020 de Ahorro y Eficiencia Energética.
Se valora, en este sentido, que el ahorro y la
eficiencia en este ámbito tienen una repercusión notable en el
desarrollo tecnológico de los sectores industriales proporcionando
nuevas oportunidades para la generación de empleo. El nuevo Plan de
Acción continuará las campañas de concienciación entre los ciudadanos
sobre comportamientos responsables en materia energética.
5. Apoyar una mejor gestión de la demanda energética. En
este ámbito se plantean como actuaciones concretas el fomento de las
redes inteligentes, la telegestión y la telemedida con el objetivo de
facilitar a los consumidores señales de precio en tiempo real para que
puedan reducir el coste energético a la vez que se optimiza el uso de
las redes. Más concretamente, se desarrollarán tarifas que
incentiven los consumos en periodos de menor coste para el sistema (p.ej.
tarifas super-valle).
6. Fomentar la eficiencia y sostenibilidad en el sector
del transporte, por su importancia en cuanto al consumo energético y a
las emisiones de gases de efecto invernadero, mediante la sustitución
gradual de combustibles fósiles.
7. Apoyar e intensificar la investigación y desarrollo
de las tecnologías de captura y almacenamiento de CO2.
POLÍTICA DE INNOVACIÓN
La sostenibilidad económica y el aumento del potencial
de crecimiento a largo plazo exigen a nuestro país consolidar un nuevo
patrón de crecimiento basado en la innovación, el conocimiento, el
desarrollo tecnológico y el valor añadido.
En los últimos años, y a pesar de la adversa coyuntura
económica, la administración pública española ha hecho un importante
esfuerzo en apoyo de actividades de investigación, desarrollo
tecnológico e innovación.
No obstante, debe ponerse el acento en la transferencia
del conocimiento desde la investigación básica a las aplicaciones del
desarrollo tecnológico que precisa nuestro aparato productivo, así como
a la difusión y uso de las Nuevas Tecnologías e innovaciones.
Pero, más allá de estas actuaciones concretas, el
principal logro de estos últimos años es que se ha consolidado una
concepción de la I+D+i como un elemento esencial para la generación de
nuevos conocimientos y la mejora de la competitividad empresarial que
repercuten en un desarrollo sostenible, en la creación de un empleo de
calidad y en la mejora de las oportunidades para los trabajadores.
En esta línea, las partes firmantes consideran necesario
mantener el carácter prioritario que se ha dado a las políticas de I+D+I
con el fin de lograr los objetivos previstos en el Plan Nacional de
I+D+i y en la Estrategia Estatal de Innovación así como impulsar un
conjunto de actuaciones en este ámbito enmarcadas en tres grandes ejes.
1. Medidas para la generación de nuevos empleos en el
marco de un nuevo modelo productivo
1.1. Apoyar la incorporación de profesionales de perfil
investigador, tecnológico, administrativo y de gestión a centros
públicos de investigación y a empresas y centros de innovación.
Con ello se persigue favorecer la modernización y la
innovación en la empresa, así como la generación de empleos
cualificados. Igualmente debe valorarse como un incentivo para la mejora
de la formación y de la inserción laboral de los jóvenes.
Los firmantes constatan que la ejecución del Programa
Nacional de Recursos Humanos del Plan Nacional de I+D+i y del Plan
Inncorpora es un instrumento alineado con estos objetivos y, en
consecuencia, apuestan por su continuidad y refuerzo, con especial
énfasis en las PYMEs, colectivo de empresas con especiales necesidades
de formación y cualificación.
Adicionalmente, la escasez de personal cualificado para
el desarrollo, incorporación y/o adaptación de los procesos que conlleva
la I+D+i se compensará a través del fomento o promoción de acciones
específicas de formación y cualificación del personal que tenga acceso a
las nuevas tecnologías y a cualquier tipo de estos procesos que son
puestos a disposición por parte del Sistema Español de Ciencia,
Tecnología e Innovación.
1.2. Calidad en el empleo del personal de investigación
En el marco del Estatuto Básico del Empleado Público y de la futura Ley
de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, se impulsará el empleo
estable, con una carrera profesional definida, de todos aquellos
empleados públicos de la Administración General del Estado y de sus
Organismos Públicos que realicen su actividad laboral en el ámbito de la
I+D+I.
1.3. Lanzamiento de un nuevo Fondo de Capital Riesgo.
Con esta iniciativa se trata de dar respuesta a un
déficit histórico de nuestra economía, posibilitando que los
emprendedores económicos dispongan de los recursos necesarios para la
creación y consolidación de empresas viables, que atraigan la inversión
internacional e impliquen la contratación de trabajadores
cualificados.
El Fondo contará con una dotación pública y prevé una
captación adicional de recursos privados en régimen de coinversión
mayoritaria, contemplando inversiones directas en fondos especialistas y
empresas de alto contenido tecnológico.
2. Actuaciones que apoyen la transferencia de
conocimiento y la cooperación público-privada
2.1. Impulsar la priorización de la I+D+i en las
políticas de Recursos Humanos de la Administración Pública, en especial
a través de la Oferta de Empleo Público de la Administración General del
Estado. Priorizar la asignación de plazas de investigación y
personal técnico a los Organismos Públicos de Investigación a través de
la OEP permitirá mejorar su posición competitiva, reforzando la eficacia
de las políticas de formación y fomento de contratación del Plan
Nacional de I+D+i, en especial el Programa Ramón y Cajal para jóvenes
investigadores.
2.2. Impulsar la cooperación entre organismos de
investigación y empresas para la realización conjunta de proyectos de
I+D+i.
El objetivo es potenciar la actividad innovadora,
movilizar la inversión privada, generar empleo y mejorar la balanza
tecnológica del país. Y, en este sentido, los firmantes declaran como
muy positivas las medidas de movilidad de profesionales entre el sector
público y entre el sector público y el privado que se contemplan en la
futura Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
2.3. Apoyar el lanzamiento de proyectos consorciados de
investigación industrial y desarrollo experimental.
A partir de experiencias anteriores exitosas, se plantea
la utilización de los remanentes existentes en el Fondo Tecnológico
Europeo para financiar proyectos en las Comunidades Autónomas “de
convergencia”, así como la extensión de programas similares al resto de
Comunidades Autónomas.
2.4. Impulsar alianzas (programas de financiación de la
cooperación públicoprivada) en los sectores de la energía y la salud,
así como en aquellos otros sectores que justifiquen su capacidad
innovadora, su impacto social o de creación de empleo.
Más allá de la enorme relevancia que tienen las
políticas en materia de energía y salud por su repercusiones
estratégicas, económicas y sociales, los firmantes llaman la atención
sobre las expectativas que despierta la I+D en los sectores para la
creación de empleo y la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos.
Con el fin de dar una mejor respuesta a los principales
retos de estos sectores y contribuir a definir una estrategia compartida
entre administración, sector productivo agentes sociales y agentes de
I+D a nivel nacional y europeo, se plantea la promoción de sendas
alianzas en estos ámbitos prioritarios.
2.5. Impulsar la creación y consolidación de empresas
intensivas en I+D. Ante la ausencia de un marco normativo singular que
atienda las particularidades de las empresas innovadoras, intensivas en
trabajo cualificado y cuyo mayor activo es el conocimiento, se prevé el
reconocimiento del estatuto de “joven empresa innovadora”.
Dicho estatuto, inspirado en experiencias europeas de
éxito, es un aspecto clave para el apoyo de sociedades de reciente
creación que dedican una parte significativa de su facturación a
actividades de I+D+i.
Este nuevo marco normativo deberá contemplar incentivos
y beneficios, incluyendo la bonificación de la cotización a la Seguridad
Social por la contratación, con condiciones de estabilidad y garantías
salariales, de trabajadores cualificados.
3. Medidas de impulso de nuevos sectores y compra
pública innovadora.
La falta de un marco que permita anticipar las
necesidades del Estado en materia de nuevos productos y servicios
ha supuesto una barrera para la innovación en nuestro tejido productivo,
especialmente en pequeñas y medianas empresas, y un gran desequilibrio
en nuestra balanza de pagos tecnológica. Los firmantes consideran que el
compromiso de publicar el mapa
de compra pública del Estado, unido a otros instrumentos
de fomento del desarrollo científico, tecnológico e innovador,
favorecerá que nuestras empresas desarrollen capacidades que den lugar a
nuevos productos y servicios que, con el efecto tractor de compra por de
las Administraciones Pública, sirvan de plataforma de
internacionalización.
3.1. Desarrollo del mapa de compra pública y nuevos
instrumentos. De este modo se pretende que las licitaciones, concursos y
compras realizados por las Administraciones Públicas fomenten, a
través de los instrumentos y criterios adecuados, que las empresas (en
particular las pymes) realicen un esfuerzo por ofrecer productos y
servicios más avanzados que redunden en última instancia en su
competitividad y capacidad de crear empleo.
En este sentido, se prevé que la Administración General
del Estado, con el concurso de todos los ministerios y bajo la
coordinación del Ministerio de Ciencia e Innovación, identifique y
publique un mapa de licitaciones susceptibles de aplicar en sus procesos
de contratación pública criterios acordes con el fomento de la
innovación y a desarrollar nuevos instrumentos destinados a la compra
pública pre-comercial y a la compra pública de tecnología innovadora
(publicación del mapa con el fin de que las empresas puedan dimensionar
y preparar sus esfuerzos y capacidades en base a las oportunidades que
ofrece la AGE como comprador).
3.2. Medidas para el fomento de la cultura de innovación
y difusión de los productos innovadores españoles.
Con el objetivo de mejorar la visibilidad del tejido de
empresas innovadoras, con especial énfasis en las PYMEs.
Parte 2ª
IV. Compromiso bipartito entre el Gobierno y las
Organizaciones Sindicales para el tratamiento de cuestiones relativas a
la Función Pública
El Gobierno y las organizaciones sindicales adquieren el
compromiso de abrir un proceso de diálogo en la Mesa de Diálogo Social
de la Función Pública que abordará los siguientes aspectos:
1. Régimen de Clases Pasivas.
2. Desarrollo del Estatuto del Empleado Público.
3. Evaluación de los acuerdos en su día alcanzados en el
ámbito de la Función Pública.
Parte 3ª
V. Acuerdo bipartito entre las Organizaciones Sindicales
y Empresariales sobre criterios básicos para la reforma de la
negociación colectiva
En el Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva
(AENC), suscrito el 9 de febrero de 2010, las Confederaciones
Empresariales (CEOE y CEPYME) y Sindicales (CCOO y UGT), se
comprometieron, en su Disposición Adicional Única, a negociar
bilateralmente una reforma del actual sistema de negociación colectiva.
Pero ya con anterioridad se había venido constatando la
necesidad de acometer esta reforma. A este respecto, debe citarse, como
antecedentes más inmediatos, la Declaración para el Diálogo Social de
2004 y con posterioridad la “Declaración para el impulso de la economía,
el empleo, la competitividad y el progreso social”, de 2008, suscritas
ambas por las Organizaciones firmantes con el Gobierno.
Las Organizaciones CEOE, CEPYME, CCOO y UGT han
alcanzado un acuerdo sobre los criterios básicos que deben informar la
reforma de la negociación colectiva, a través del diálogo social
bipartito, comprometiéndose al desarrollo de un proceso de negociación,
que tomará en consideración a efecto de su duración, la fecha del 19 de
marzo de 2011 contemplada en la Ley 35/2010.
La reforma que se propugna parte del principio de
respeto a la autonomía de los interlocutores sociales para gestionar la
negociación colectiva.
La autonomía de los representantes de los empresarios y
de los trabajadores, a la hora de definir las condiciones de trabajo, es
un principio central de la negociación colectiva. Es objetivo de UGT,
CCOO, CEOE y CEPYME reforzar esta autonomía en aras a potenciar y
mejorar la actividad económica de las empresas, las condiciones de
trabajo y el empleo.
La negociación colectiva tiene problemas de estructura y
de vertebración; de legitimación; de flexibilidad interna; de innovación
y adaptación de contenidos; de gestión; de adecuación a las
dificultades, entre otros.
Para las Confederaciones Empresariales y Sindicales
firmantes del presente Acuerdo, el sistema español de negociación
colectiva debe hacer frente a la realidad empresarial y a la de los
trabajadores. Para ello habrá que racionalizar y vertebrar mejor los
convenios colectivos, potenciando asimismo la negociación colectiva en
el ámbito de la empresa, lo que permitirá ampliar su eficiencia y
destinatarios.
A estos efectos, el establecer la estructura de la
negociación en cada sector debe corresponder a la negociación colectiva
sectorial, de ámbito estatal o en
su defecto de ámbito autonómico, suscrita por las Organizaciones
Empresariales y Sindicales más representativas.
Existen deficiencias de legitimación en la negociación
de los convenios. Los firmantes se comprometen a analizar y reforzar
esta materia, en sus ámbitos respectivos.
La imprescindible adecuación a los cambios en los
sectores y en la empresa, a través de medidas de flexibilidad interna,
debe realizarse con una mayor participación de los representantes de los
trabajadores, como forma de garantizar su eficacia.
Es necesario dinamizar la negociación colectiva, tanto
respecto a los procesos negociadores, como en nuevos contenidos y
renovación de materias, así como en la supresión de los que no deban
tener continuidad.
Los interlocutores sociales firmantes apoyan, con este
Acuerdo, una mejor gestión y administración permanente de los convenios
durante su ámbito temporal, potenciando los instrumentos de consulta,
interpretación, solución de discrepancias, propuestas de mejora para el
convenio, entre otros; y propiciando que los medios de solución
extrajudicial de conflictos aporten asistencia activa. Por último será
necesario contar con el debido apoyo institucional.
La negociación colectiva no ha sido ajena a la crisis
económica, especialmente en los últimos dos años, lo que debe llevar a
los negociadores a abordar, en los convenios que se firmen, además de
los criterios del AENC, en el período 2010-2012, la adecuación a las
dificultades, con el mayor realismo y celeridad, a fin de dar la
necesaria y urgente respuesta a la viabilidad de las empresas.
Finalmente, las Confederaciones firmantes se comprometen
a suscribir un Acuerdo Interconfederal en el que se incorporen los
acuerdos de reforma de la negociación colectiva.
El presente acuerdo de criterios básicos está sujeto a
la ratificación de los Órganos de Dirección de las Confederaciones
Empresariales (CEOE y CEPYME) y Sindicales (CCOO y UGT).
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