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FONDOS DE PENSIONES |
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| DESCRIPCIÓN | Producto destinado al ahorro individual de las personas fisicas, cuyo objetivo es constituir un capital, renta o combinación de ambos pagadero, mediante aportaciones de carácter periódico, en el momento de su jubilación, invalidez o fallecimiento | ||
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COMPOSICIÓN DE
LA CARTERA DEL FONDO
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El fondo de pensiones puede estar invertido en un porcentaje de renta fija y otro variable. Por tanto hay más riesgo para mayor porcentaje de renta variable pero éstos puede tener más rentabilidad . | ||
| LIQUIDEZ | La ley no permite cancelar anticipadamente la operación, pero existe total flexibilidad a la hora de paralizar, reanudar, disminuir o incrementar las aportaciones. Los derechos consolidados podrán hacerse efectivos en los supuestos de desempleo de larga duración o enfermedad grave Se pueden movilizar los derechos consolidados a otro plan de pensiones. |
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| RENTABILIDAD | La conseguida por los rendimientos obtenidos de las inversiones del fondo. El cobro del capital acumulado (aportaciones + intereses) puede hacerse en forma de capital, renta o mixta de ambas . | ||
| FISCALIDAD |
APORTACIONES: Con el máximo legal indicado, las aportaciones reducen la base imponible del IRPF, |
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| COSTE | No hay coste directo. Las comisiones de gestión y depósito se detraen de los rendimientos de las inversiones. | ||
| FORMA DE PAGO | Las cuotas se pueden satisfacer con carácter mensual, trimestral, semestral o anual También se podrán realizar aportaciones extraordinarias | ||
| OBSERVACIONES | El Plan de Pensiones nunca puede ser embargado. | ||
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